REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
204º y 155º
Expediente Nro. 09914
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: MARISOL MENDOZA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.019.527
DEMANDADO: OSWALDO ROJAS ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.965.751.
MOTIVO: MODIFICACION DEL EJERCICIO DE LA CUSTODIA
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, lunes 29/9/2014, se deja constancia de la incomparecencia de los ciudadanos MARISOL MENDOZA GONZALEZ y OSWALDO ROJAS ROJAS, a la audiencia fijada para el día de hoy. En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA el DESISTIMIENTO del presente procedimiento y terminado el proceso de conformidad a lo establecido en el articulo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente. En consecuencia, se ordena el cierre y la remisión del presente asunto al archivo judicial. CUMPLASE.
LA JUEZ
ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. JOHANNY ROJAS MARIN
DRH/wasc
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