REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Ejido, veintitrés de Septiembre de dos mil catorce.-
204º y 155º


Visto el desistimiento, el cual riela al folio dieciséis (16) de la presente solicitud, suscrita por los ciudadanos FLOR DE MARÍA RAMÍREZ DE URBINA Y VÍCTOR MANUEL URBINA SÁNCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Nros. V-4.492.656 y V-5.198.309, en su orden, domiciliados en el sector Aguas calientes, parroquia Matriz del Municipio Campo Elías del Estado Mérida, asistidos por la Abogada en ejercicio ANA EDILIA PÉREZ UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 14.805.269, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 96.481, donde expresan su voluntad de desistir de la presente acción, por DIVORCIO 185-A, cursante por ante este Juzgado signada con el Nº 14-273, el cual quedo en los siguientes términos:
“… acudimos ante usted, con el debido respeto y acatamiento a la Ley, manifestamos desistir de la solicitud presentada de el Divorcio, según el articulo 185-A del Codigo Civil, ya que por mutuo acuerdo decidimos continuar con nuestro vinculo matrimonial…” (Negrita y subrayado del Juzgado).

En tal sentido, este Tribunal, visto la manifestación de voluntad en desistir de la petición hecha por los solicitantes y luego de un minucioso análisis de dicha manifestación de voluntad, que la misma no vulnera el orden público, ni trasgrede ninguna disposición legal, Por consiguiente este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA acuerda Homologar el Desistimiento suscrito por los solicitantes, de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del a vigente ley Adjetiva, impartiéndole el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, SOLICITANTES: FLOR DE MARÍA RAMÍREZ DE URBINA Y VÍCTOR MANUEL URBINA SÁNCHEZ.- MOTIVO: DIVORCIO 185-A.- CÚMPLASE.

EL JUEZ PROVISORIO



ABG. NILSON JOSÉ PORRAS ESCALANTE
EL SECRETARIO


ABG. HOROSMAN ROJAS PÉREZ.



NJPE/njpe
EXP. Nº 14-273.-