REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, catorce (14) de abril de dos mil quince (2.015)
204º y 156º
ASUNTO: LP21-L-2014-000390
ACTA DE DESISTIMIENTO
PARTE ACTORA:
JOSÉ FRANCISCO MOLINA MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.013.689, de este domicilio.
ABOGADOS APODERADO DE LA PARTE ACTORA:
LUIS CAMINOS, NANCY CALDERON Y RONALD EDUARDO CALDERON, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.306, 108.464 y 58.079
PARTE DEMANDADA:
ROLANDO HEBERTO SANCHEZ MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.013.689, de este domicilio.
ABOGADOS ASISTENTES DE LA DEMANDADA:
ALCIRA INES CHALBAUD Y VICTOR GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nº 42.749 y 187.464, en su orden.
MOTIVO:
Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales
En el día hábil de catorce (14) de abril de 2015, siendo las dos y treinta de la tarde, día fijado para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar, compareció a la misma la parte demandada ROLANDO HEBERTO SANCHEZ MORA, debidamente asistido de los Abg. ALCIRA INES CHALBAUD. Dándose así inicio a la audiencia, se deja expresa constancia que la parte actora JOSÉ FRANCISCO MOLINA MARQUEZ, no compareció ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 156 ° y 204 °.
LA JUEZ,
Abg. YAJAIRA ROJAS DE RAMIREZ
POR LA DEMANDADA Y ABOGADO ASISTENTE,
LA SECRETARIA,
ABG. YURAHI GUTIERREZ
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