REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, lunes veintisiete (27) de abril de dos mil quince (2015)
205º y 156º

ACTA DE MEDIACIÓN

ASUNTO: LP21-L-2014-000271
PARTE ACTORA: Ciudadano FRANKI ALEXIS HERNANDEZ DÁVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.470.324.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: LUIS ALBERTO CAMINOS A., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V.-15.032.767, inscrito por ante el Inpreabogado bajo el No. 115.306 y otros.
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO MÉRIDA, en la persona del ciudadano CARLOS GARCIA, en su condición de Alcalde de la referida Alcaldía.
SINDICA PROCURADORA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA ABOGADA: MARELIS COROMOTO ROJAS RONDON, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 15.755.400, inscrita por ante el Inpreabogado bajo el No. 109.905.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy, lunes veintisiete (27) de abril de 2015, siendo las 2:30 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la parte demandante ciudadano FRANKI ALEXIS HERNANDEZ DÁVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.470.324, y su apoderado judicial el abogado LUIS ALBERTO CAMINOS A., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-15.032.767, inscrita por ante el Inpreabogado bajo el No. 115.306, según poder autenticado que se encuentra inserto en el expediente, también compareció a esta Audiencia la parte demandada representada por su apoderado judicial el abogado MARELIS COROMOTO ROJAS RONDON, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 15.755.400, inscrita por ante el Inpreabogado bajo el No. 109.905, según nombramiento publicado en Gaceta Oficial Municipal Extraordinaria de fecha 19 de diciembre de 2013, Nro. 04, Año I 2013. Una vez iniciada la Audiencia Preliminar se logró entre las partes la siguiente mediación sobre todos los puntos demandados debidamente autorizada la síndico procuradora según autorización expresa Nro. DA 0185/2015 de fecha 02 de marzo de 2015, que se agrega en este acto, mediación por la cantidad de SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLIVARES CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 6.888,44), monto este que se cancela en este acto en cheque Nro. 82010345, de la cuenta corriente Nro. 0157-0076-90-3776420030, de la cual es titular la demandada, contra el Banco Del Sur, por la cantidad de SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLIVARES CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 6.888,44), a favor del demandante FRANKI ALEXIS HERNANDEZ DÁVILA, con el monto mediado no queda saldo pendiente a favor del Trabajador. En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedaran a deberse por los conceptos demandados y mediados. Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Así mismo se ordena el archivo del presente expediente al sexto (06) día hábil siguiente al día del ultimo pago convenido. Así mismo se ordena el archivo del presente expediente al sexto (06) día hábil siguiente al día del pago convenido. Así mismo, las partes solicitan la entrega de las pruebas por ellos promovidas, lo cual es acordado por este Tribunal, y se hace entrega en este acto de las mismas, estando ambas partes conformes.-
La Juez,


Abg. María Carolina Sánchez Quintero. La Secretaria,


Abg. Yurahi Gutiérrez.
Los Presentes,


FRANKI ALEXIS HERNANDEZ DÁVILA LUIS ALBERTO CAMINOS A.


MARELIS COROMOTO ROJAS RONDON