TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA. SECCIÓN DE ADOLESCENTES. JUEZA PRIMERA DE EJECUCIÓN. MÉRIDA; 15 DE ABRIL DE 2015.
205º y 156º
CAUSA Nº: E1-1958-2015

ASUNTO: AUTO EJECUTANDO SENTENCIA CONDENATORIA DEFINITIVA y FIRME.
DELITO: VIOLENCIA FISICA
FISCALÍA DÉCIMA SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
MEDIDAS: REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA.
Vista la sentencia condenatoria definitiva y firme dictada por la Jueza en funciones de Juicio Nº 1 de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal, en fecha 23 de febrero de 2015, inserta a los folios 407 y siguientes de las presentes actuaciones, este Tribunal invocando el derecho a la tutela judicial efectiva, previsto en el artículo 26 Constitucional y ejerciendo las funciones previstas en los artículos 646 y 647, literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acatando lo dispuesto en la sentencia y en los términos en ella establecidos, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA LA EJECUCIÓN DEL FALLO, en los términos siguientes: establecida como fue la responsabilidad de XX, la Jueza impuso como sanción definitiva la medida de REGLAS DE CONDUCTA, por el término de UN (1) AÑO , durante los cuales el adolescente deberá mantenerse inserto en el sistema educativo formal o informal ( cursos vocacionales) o realizar actividades laborales de carácter lícito; someterse a un tratamiento de cura o desintoxicación.
Simultáneamente, deberá someterse a un tratamiento de cura o desintoxicación, bajo la orientación, supervisión y vigilancia de la supervisora de medidas no privativas de libertad del Ministerio para los servicios penitenciarios, durante UN (1) AÑO, en cumplimiento de la medida de LIBERTAD ASISTIDA.
Se fija como fecha probable para la revisión de la medida el día 20 DE OCTUBRE DE 2015, salvo que circunstancias reclamen la necesidad de una revisión anterior a esta fecha.
Se acuerda oficiar a la Directora de la Entidad de Formación Socieducativa Mérida, a los fines que de inicio a la ejecución de las medidas, con copia del presente auto. Líbrese oficio, remítase con copia del auto.
A los fines de imponer al sancionado del contenido del presente auto se acuerda citarlo para el día ______________________, a las ________________. Convóquese al abogado defensor.
Notifíquese a la ciudadana Fiscal Décima Segunda del Ministerio Público del contenido del presente auto y de la fecha de la imposición del auto. CÚMPLASE.