REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, doce (12) de agosto de dos mil quince (2015). Años: 205° y 156º.
Visto que en fecha 20 de julio de 2015, este Juzgado Superior Agrario, declaró INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad. Asimismo, visto que transcurrieron los lapsos correspondientes para ejercer los recursos legales a que hubiere lugar sin que la parte haya hecho uso de ese derecho. En consecuencia, se declara DEFINITIVAMENTE FIRME la referida sentencia. Y por cuanto no cursa ninguna otra actuación pendiente se ordena el archivo de la misma. Es todo.
LA JUEZA
ABG. KATHERINE BELTRÁN ZERPA
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. YRIS PARRA BRICEÑO
CA-00082-2015.
KBZ/dg