REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, trece (13) de agosto de dos mil quince (2015). Años: 205° y 156º.

Visto que en fecha 13 de julio de 2015, este Juzgado Superior Agrario, declaró IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de los efectos de los actos administrativos. Asimismo, ya que transcurrieron los lapsos correspondientes para ejercer los recursos legales a que hubiere lugar sin que la parte haya hecho uso de ese derecho. En consecuencia, se declara DEFINITIVAMENTE FIRME la referida sentencia. Es todo.
LA JUEZA

ABG. KATHERINE BELTRÁN ZERPA
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. YRIS PARRA BRICEÑO


CA-00063-2014.
KBZ/dg