REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA.
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.- Mérida, doce (12) de agosto de dos mil quince (2015)
205º y 156º
Vistos los escritos de fecha once (11) de agosto de dos mil quince (2015), suscritos por el abogado NÉSTOR EDGAR ORTEGA TINEO, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte co-demandada ciudadano MARCIANO BRICEÑO CORREDOR, y los abogados LUÍS JOSÉ SILVA SALDATE y FABIOLA ANDREINA CESTARI EWING, en su condición de apoderados judiciales de la parte actora, esta Juzgadora luego del estudio y apreciación del acervo probatorio aportado evidencia que dichos elementos poseen plena conexión con lo hechos controvertidos, por lo cual no siendo manifiestamente ilegales o impertinentes es por lo que se ADMITEN cuanto a lugar en Derecho se requiere, salvo su apreciación y evacuación en la audiencia oral de juicio. Referente a la prueba de inspección judicial solicitada por la parte demandada en el particular tercero, este Tribunal fija el traslado y la habilitación por todo el tiempo que sea necesario a partir de las diez de la mañana (10:00 a.m.) del VIGÉSIMO NOVENO DÍA HÁBIL SIGUIENTE AL DE HOY, para proceder a la práctica de la misma. En cuanto a la prueba de informes promovida por la parte demandante en el particular décimo segundo, se ordena oficiar a los Tribunales Primero, Segundo, Cuarto y Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina del estado Bolivariano de Mérida, en los términos solicitados. En cuanto a la información requerida a este Tribunal se ordena dejar constancia en autos de lo solicitado por la parte actora promovente. Cúmplase con lo ordenado, líbrense oficios.-
LA JUEZ
LA SECRETARIA
ABG. MARÍA ELCIRA MARÍN OSORIO
ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Se ofició bajo los números 443, 444, 445 y 446.-
Sria.