REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA. Mérida, 13 de Agosto del dos mil quince.

205º y 156º

Vista la diligencia de fecha 11 de Agosto de 2015, (folio 23), mediante la cual el profesional del derecho EMILIO VIOLANTE UZCATEGUI, desiste de la presente causa. El Tribunal, homologa el mismo, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el proceso, ordena la suspensión de la medida de enajenar y gravar, decretada en fecha 10 de Octubre de 2013 con oficio N° 688-2013 y ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión. Y así se decide.-
EL JUEZ

ABG/M.Sc. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO
LA SECRETARIA

ABG. LII ELENA RUIZ TORRES

JCGL/lert/jmcd