REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 04 de Diciembre de 2015
205° y 156°

Expediente N° 13833
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: ELNERIS RAULYMAR FLORIDA BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.793.403.
DEMANDADO: EDUIT MICHAEL RIVAS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.498.217.
MOTIVO: REVISIÓN Y AUMENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

El día de hoy viernes, 04 de diciembre 2015, se deja constancia de la incomparecencia de los ciudadanos ELNERIS RAULYMAR FLORIDA BLANCO y EDUIT MICHAEL RIVAS RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.793.403 y V-18.498.217, respectivamente, a la audiencia fijada para el día de hoy. En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara Desistido el presente Procedimiento Contencioso de Revisión y Aumento de la Obligación de Manutención y Bonos, por disposición expresa del artículo 472 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA


Abog. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA

LA SECRETARIA TEMPORAL

Abg. JHOANNY ROJAS MARIN