REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 14 de enero de 2015
204º y 155º
Expediente Nro. 11341
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: MARTHA DEL CARMEN ARAUJO GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.765.714
DEMANDADO: SAUL DANIEL COMBITA VILLARREAL, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-20.039.188.
MOTIVO: REIVISION Y AUMENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, miércoles 14/01/2015, presente los ciudadanos MARTHA DEL CARMEN ARAUJO GUTIERREZ y SAUL DANIEL COMBITA VILLARREAL, llegaron al presente convenimiento parcial de aumento de la obligación de manutención en beneficio de la niña SE OMITE NOMBRE, de 4 años de edad, aumentándose la misma en la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) mensuales. Cantidades que serán depositadas en la cuenta corriente del banco Bicentenario, a nombre de la madre que el progenitor manifiesta conocer. Asimismo, el padre se compromete en este acto a suministrar un bono escolar de TRES MIL BOLÍVARES (3.000,00) para el mes de agosto y otro bono en diciembre por la cantidad de TRES MIL (Bs.3.000,oo). Estas cantidades tendrán un aumento anual de un 20%. Así mismo, el padre compartirá con la madre los gastos extraordinarios que se generen en un 50% referente a medicinas u otros. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo parcial celebrado entre los ciudadanos MARTHA DEL CARMEN ARAUJO GUTIERREZ y SAUL DANIEL COMBITA VILLARREAL, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. CUMPLASE. -----
LA JUEZ
ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. FABIOLA
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