REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 27 de diciembre de 2014
204º y 155º
Expediente Nro. 11922
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: MILDREY GUERRERO RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.960.015
DEMANDADA: JESUS ALBERTO MONSALVE QUINTERO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 16.443.299
MOTIVO: FIJACION OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN Y BONOS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, MARTES 27/01/2015, presente los ciudadanos: MILDREY GUERRERO RIVAS y JESUS ALBERTO MONSALVE QUINTERO, En tal razón las partes deciden de común acuerdo establecer la Obligación de manutención en los siguientes términos. El padre se compromete a pagar la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,oo), mensual los cuales serán cancelados descontados en dos quincenas, es decir los días 10 y 25 la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,oo) cada una. Así mismo fija los bonos especiales de agosto y diciembre en la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,oo), cada uno. Estas cantidades serán aumentadas en un 20% anual y deberán ser descontadas de nomina del padre obligado y depositadas en la Cuenta de Ahorro del Banco Provincial N° 0108-0372-11-0100116964 a nombre de la madre. En cuanto a los gastos médicos y medicinas serán en partes iguales mediante la presentación de facturas y récipes por parte de la madre. El Tribunal HOMOLOGA el acuerdo antes indicado se acuerda el cierre y archivo del expediente antes mencionado. CUMPLASE

LA JUEZ

Abg. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA

Abg. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ