REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, veintiocho (28) de enero de Dos Mil Quince
204º y 155 º
Expediente Nro. 02099
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
SOLICITANTE: FRANK LUIS QUINTERO MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.527.585
MOTIVO: NOMBRAMIENTO DE CURADOR AD-HOC
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy Miércoles 28/01/2015, se deja constancia de la incomparecencia del ciudadano FRANK LUIS QUINTERO MARQUEZ, a la audiencia fijada para el día de hoy. En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara Desistido el presente procedimiento NOMBRAMIENTO DE CURADOR AD-HOC por disposición expresa del artículo 511 y 522 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA
Abog. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA
Abg. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sria
Zulay
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