REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 28 de enero de 2015
204º y 155º

Expediente Nro. 12103
Analizadas como han sido las actas que integran el presente expediente y verificada la celebración de la audiencia preliminar en fecha 21 de enero del año en curso, tal como lo prevé el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento de jurisdicción voluntaria. Cumplidos así todos los términos procesales correspondientes este Tribunal Segundo de Primera de Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara medida de protección definitiva, quedando constituido el Consejo de Tutela a favor del ciudadano adolescente SE OMITE NOMBRE, venezolano, de catorce (14) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-27.934.898, de la siguiente manera: JESUS GREGORIO SANTIAGO SANTIAGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-23.725.369, TUTOR, con aprobación del Consejo de Tutela, MARIA PAULA BLANCO SANTIAGO, Protutor y LEONARDO JOSE RIVAS PAEZ, Suplente de Protutor, plenamente identificados, y el Consejo de Tutela integrado por los siguientes ciudadanos: JUANA DEL CARMEN SANTIAGO, JUAN RAMON RIVERA SANTIAGO, GREGORIO ANTONIO SANTIAGO Y JUAN VICENTE SANTIAGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s V-12.348.641, V-17.604.570, V-14.927.210 y V-22.658.208 en su orden, de conformidad con lo previsto en el artículo 177 Parágrafo segundo, literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
DIARICESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN EL TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. En Mérida, 28 de enero de 2015. Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.



LA JUEZA,



Abg. CONSUELO TORO DAVILA



LA SECRETARIA,



ABG. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ



En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.


La Sría.
















FMCS