REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, treinta (30) de enero de Dos Mil Quince
204º y 155 º
Expediente Nro. 12104
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
SOLICITANTES: FRANCY DE LOURDES RIVAS Y FRANKLIN JOSE ROJAS ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s V-13.524.050 y V-13.098.724
MOTIVO: DIVORCIO ORDINARIO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Vista la diligencia suscrita por los ciudadanos FRANCY DE LOURDES RIVAS Y FRANKLIN JOSE ROJAS ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s V-13.524.050 y V-13.098.724, inserta al folio 21 en la presente causa, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio JACQUELINE VILLAMIZAR GRACIA, inscrito en el Instituto de previsión social del abogado bajo el No. 105.761, a través de la cual solicitan el DESISTIMIENTO de la presente causa. En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara Desistido el presente procedimiento DIVORCIO ORDINARIO por disposición expresa del artículo 511 y 522 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA


Abog. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA

Abg. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sria
Ngr/12104