REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 20 de FEBRERO de 2015
204º y 155º
Expediente Nro. 11402
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: CARLOS EDUARDO VALERO VELAZQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.497.224.
DEMANDADA: YARA MARIA VIELMA DUQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.197.922.
MOTIVO: FIJACION REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, viernes 20/02/2015, presente los ciudadanos: CARLOS EDUARDO VALERO VELAZQUEZ y YARA MARIA VIELMA DUQUE, previa las orientaciones de la Jueza decidieron de mutuo y común acuerdo en esta audiencia fijar el Régimen de Convivencia familiar en beneficio de su hijo OMITIR NOMBRE de (1) año de edad en los siguientes términos: El padre buscara a su hijo un día entre semana previo aviso a la madre durante cuatro horas, en cuanto al fin de semana el padre buscará a su hijo los días domingos de 11 a 3 de la tarde hasta el mes de junio del presente año y a partir de julio del presente año lo comenzará a buscar igualmente los días domingos a las 10 de la mañana retornándolo a las 5 de la tarde. En cuanto a la época de navidad el niño compartirá el día 24 durante el día con el padre alternando cada año y de manera progresiva de acuerdo a la adaptación del niño podrá pernoctar el día que le corresponda con su progenitor. Las partes solicitan se homologuen los presentes acuerdos y se dé por terminada la presente causa con el cierre y archivo del presente expediente. El Tribunal HOMOLOGA los acuerdos antes indicados y se acuerda el cierre y archivo del expediente antes mencionado. CUMPLASE
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ
LA SECRETARIA
Abg. JHOANNY ROJAS MARIN
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