REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL No. 01.SECCION ADOLESCENTES, CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE ESTADO MERIDA. Mérida, diez (10) de febrero de dos mil quince

Causa: C1- 4582-13
Asunto: AUTO DE SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL.
(Art. 561. Literal “e” Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)

MOTIVACION

VISTO. Cursa a los folios (34 y 35 y sus vtos) escrito suscrito por la fiscal décima segunda, adscrita a la Fiscalía Décima Segunda de Mérida, donde solicita “…se decrete EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la misma, de conformidad con el artículo 561 letra “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, por considerar que si bien es cierto que el (los) adolescente se inicia investigación por el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑOS, no existe posibilidad inmediata de incorporar nuevos datos, ya que “… PORQUE LA VISTIMA HASTA LA FECHA NO HA ACUDIDO A MEDICATURA FORENSE PARA LA PRACTICA DE LA EXPERTICIA SIQUIATRICA …”

IDENTIFICACION DEL INVESTIGADO

omitidaDESCRIPCION DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACION
La investigación se inicia por DENUNCIA realizada en fecha 10-07-2013, señala que el adolescente investigado “… obligo a su hijo Michael a que le besara sus partes intimas…”
La investigación se inicia por el presunto delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO previsto en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.

RAZON DE HECHO Y DE DERECHO EN QUE SE FUNDA LA DECISION

En fecha 10-07-2013, se realiza entrevista a la prima del investigado cuando obligo a su hijo a que abriera la boca y besara el pipi, metiendose el pene en la boca
En fecha 10-07-2013, se entrevista a la victima y dijo “… me abrieron la boca y me metieron el pipi…”
En fecha 10-07-2013, se entrevista a Ana Maria Carmona Rosales “ lo llevaron y lo forzaron para que le besara el pipi agarrandolo por el cuello y cara…”
En fecha 10-07-2013, se entrevista a Torres carrillo Ana Isabel y dijo “… saco el pipi y le dijo a los tres niños que se lo besara dos niños se negaron y agarro por la fuerza a la victima le abrió la boca para meterle el pipi …”
En fecha 10-07-2013, se realiza reconocimiento medico legal donde consta: no presenta lesiones region genital y ano-perianal íntegros
En fecha 10-07-2013 entrevista a Josefina Osuna Torres que le contaron lo que habia sucedido …”
En fecha 10-07-2013 entrevista a Adrian Rojas dijo “le picaban las bolas y nos dijo que se las rascáramos y luego Michael dijo que le beso las bolas a Orlando…”
En fecha 10-07-2013 entrevista a Sebastian Torres dijo le saco las bolas para que se las chupara , ellos se escondieron…”
Se realiza inspección técnica en el lugar donde presuntamente ocurren los hechos
En fecha 08-08-2013 consta acta de identificación.
Considera esta juzgadora que efectivamente no existen suficientes elementos de convicción para que la fiscal ejerza la acción penal, por cuanto no ha concluido la investigación, observando en el curso de las evidencias que existe contradicción con respecto a la denuncia de la victima; sin embargo, esto no obsta para que la victima, el investigado y la fiscal puedan solicitar la reapertura de la investigación cuando lo considere necesario.
Artículo 551. La investigación tiene por objeto confirmar o descartar la sospecha fundada de la existencia de un hecho punible y determinar, en el primer caso, si un adolescente concurrió en su perpetración”
Artículo 561, en su literal “e” expresa: “solicitar el sobreseimiento provisional cuando resulte insuficiente lo actuado y no exista posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que permitan el ejercicio de la acción”

El sobreseimiento provisional es la manera de dar inmovilidad a la acción penal, cesando o, estando la investigación en una situación de bajo perfil equiparable a la oclusión temporal, hasta tanto primer lugar, definitivamente no sea posible agregar elementos que soporten la acción y en segundo lugar, se reabra el procedimiento activándose todos sus efectos.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos ya expuestos, este tribunal administrando justicia en Nombre de la República por autoridad de la ley, de conformidad con el artículo 561 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente a) DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL a favor del investigado antes mencionados cuyo inicio de la investigación es por la presunta comisión por el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA previsto en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Notifíquese a la fiscal del Ministerio Público, adolescente Y victima. Diaricese. Certifíquese. Regístrese. ASÍ SE DECIDE.

JUEZA DE CONTROL No. 01

MIRNA EGLE MARQUINA
LA SECRETARIA

¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬YELITZA ARANGUREN

En la misma fecha se cumplió con el auto anterior,

Sria.