REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, tres (03) de febrero de dos mil quince (2015).-
204° y 155°
Vista la diligencia que obra al folio 222, de fecha 02 de febrero de 2.015, suscrita por los abogados MARÍA MILENA RIVAS ROJAS y JOSÉ ANGEL ZAMBRANO LOBO, con el carácter de apoderados judiciales de la parte actora y demandada respectivamente, mediante la cual manifiestan: “A los fines de llegar a un acuerdo con el que se supere la problemática suscitada en el Condominio del Conjunto Residencial Serranía Casa Club por la interpretación de la normativa contenida en el Documento de Condominio, ambas partes con vista al interés colectivo de los habitantes del Conjunto y a su armónica convivencia, hemos convenido en suspender a partir del día de hoy, el curso de la presente causa por un lapso de treinta (30) días de despacho durante los cuales se llevarán a efecto conversaciones con esa finalidad”, en tal sentido, este Tribunal de conformidad con el artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, suspende la presente causa por un lapso de TREINTA (30) DÍAS DE DESPACHO, contados a partir del día 02 de febrero de 2015 (inclusive).
LA JUEZA TEMPORAL,
Abg. MILAGROS FUENMAYOR GALLO
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abg. SONIA AVENDAÑO CHACÓN
MFG/SAC/pmv.-