REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 3 de julio de 2015
205º y 156º
Expediente Nro. 11518
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: VICTOR ISAAC LOPEZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.180.071
DEMANDADA: ANA TERESA OBANDO ERAZO, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-18.797.436.
MOTIVO: FIJACION DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, viernes 3/07/2015, presente los ciudadanos VICTOR ISAAC LOPEZ LOPEZ y ANA TERESA OBANDO ERAZO, llegaron al presente convenimiento de fijación de régimen de convivencia familiar en beneficio de la niña SEM OMITEN NOMBRES, de 2 años de edad, en los siguientes términos: PRIMERO: El padre compartirá una semana completa cada mes con su hija, comenzando el día 23 de julio del año 2015 hasta el 30 de julio del mismo año, comprometiéndose en buscar el padre a la niña en la casa de la progenitora en el estado Mérida, igualmente la retornará al estado Mérida, quedando autorizada la tía paterna ciudadana CAROLINA LOPEZ y la abuela paterna ciudadana LENNYS LOPEZ, para que las mismas puedan buscar a la niña cuando el padre no pueda viajar. SEGUNDO: En el mes de agosto del año 2015 los 15 primeros días la niña compartirá con el padre y los 15 días restantes con la madre, alternándose en los años sucesivos previo acuerdo entre los padres. TERCERO: Los días de asueto de carnaval la niña compartirá con el padre y en semana santa con la madre alternándose los años sucesivos previo acuerdo entre los padres. CUARTO: En Navidad desde el 19 de diciembre del año 2015 hasta el 26 de diciembre del año 2015 la niña compartirá con la madre, y desde el 27 de diciembre del año 2015 hasta el 06 de Enero del año 2016 con el padre, alternándose en los años sucesivos previo acuerdo entre los padres. Solicitando la madre que cuando la niña este compartiendo con el padre le comunique vía telefónica cómo esta su hija el mismo se compromete a contestar el teléfono.
Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos VICTOR ISAAC LOPEZ LOPEZ y ANA TERESA OBANDO ERAZO, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE.
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. ZULMA CARRERO DE ARAQUE
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. LINDA GUILLEN VERGARA
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