este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: 1.- SIN LUGAR lo alegado por la parte demandada en cuanto a las dos pretensiones solicitadas por la parte demandante por no haber lugar a ello. 2.- SIN LUGAR el presupuesto procesal de Prejudicialidad invocado por la parte demandada. 3.- SIN LUGAR el presupuesto procesal de cosa juzgada invocada por la parte demandada. 4.- SIN LUGAR el presupuesto procesal de caducidad invocado por la parte demandada. Y ASÍ SE DECIDE.
Dada, firmada y sellada, en el despacho judicial a los diez (10) días del mes de julio de dos mil quince (2015).
LA JUEZ
Abog. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA
Abg. FABIOLA COLMENARES
Zulay