REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, Ocho (08) de Julio de Dos Mil Quince
204º y 156 º
Expediente Nro. 13063
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
SOLICITANTES: FRANYER JOSE UZCATEGUI venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.658.990 y DIANA CAROLINA CUBILLOS MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-30.034.548.
MOTIVO: MODIFICACION DE CUSTODIA
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy miércoles 08/07/2015, se deja constancia de la incomparecencia de los ciudadanos: FRANYER JOSE UZCATEGUI y DIANA CAROLINA CUBILLOS MEZA, a la audiencia fijada para el día de hoy. En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara Desistido el presente procedimiento MODIFICACION DE CUSTODIA por disposición expresa del artículo 472 y 522 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA


Abog. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA

Abg. FABIOLA COLMENARES