REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 4 de junio de 2015
204º y 156º
Expediente Nro. 12818
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: MARISELA SANCHEZ SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.209.129
DEMANDADA: YOLANDA MARGARITA SANOJA, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-10.987.031.
MOTIVO: EXTENSION DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, jueves 4/06/2015, presente las ciudadanas MARISELA SANCHEZ SUAREZ y YOLANDA MARGARITA SANOJA, llegaron al presente convenimiento de extensión del régimen de convivencia familiar en beneficio de la niña SE OMITEN NOMBRES, de 11 años de edad, en los siguientes términos: 1) La niña podrá compartir con la abuela paterna todos los días viernes desde la salida de la escuela hasta el sábado a las 8: 00 de la noche cuando la retornará al hogar de la madre. 2) Así mismo, en la época de receso escolar la niña compartirá con su abuela paterna desde el 01 de septiembre hasta el 15 de septiembre. 3) En la época decembrina la niña compartirá con su abuela los días 24 y 31 de diciembre durante el día con la abuela paterna. 3) En la época de semana santa la niña compartirá con la abuela cada año alternando cada año, comenzando este año próximo con la abuela paterna. Ambas partes acuerdan en beneficio de la niña, mejorar la comunicación manteniendo cordialidad en la comunicación. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre las ciudadanas MARISELA SANCHEZ SUAREZ y YOLANDA MARGARITA SANOJA, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE.

LA JUEZ



ABOG. DOANA RIVERA HERRERA

LA SECRETARIA TEMPORAL

ABOG. LINDA GUILLEN VERGARA