REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 08 de Junio de 2015
204º y 156º

Expediente Nro. 12151
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: DIEGO DIER AMER KONTAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.866.701.
DEMANDADA: MAYRET JOSEFINA VERGARA PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.123.172.
MOTIVO: REVISIÓN DE LA FIJACIÓN DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy jueves 08/06/2015, presente los ciudadanos DIEGO DIER AMER KONTAR y MAYRET JOSEFINA VERGARA PEÑA, quienes manifestaron haber llegado a un acuerdo en los siguientes términos: Las partes manifiestan haber llegado a un acuerdo en los siguientes términos: El padre ciudadano DIEGO DIER AMER KONTAR, aumenta la obligación de manutención en la cantidad de CUATRO MIL BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 4.000.00); igualmente ofrece dos bonos especiales, para uno para el mes de Agosto en la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 8.000,oo) así como el 50% de los gastos que generen por la compra de útiles y uniformes, asimismo se aumenta el bono del mes de Diciembre, en la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 8.000,oo), así mismo seguirá contribuyendo con el 50 % de la medicinas y gastos odontológicos que requiera la niña SE OMITEN NOMBRES, dichas cantidades serán depositadas en el Banco Provincial en la cuenta de ahorros N° 0108-0120-68-0200146339 a nombre de la niña y de la madre, dichas cantidades serán incrementadas anualmente en un 15%. De igual forma solicitan que se homologue el presente convenimiento, se cierre y archive el presente expediente. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. Es todo, se terminó, leyó y conformes firman.



LA JUEZ

ABOG. DOANA RIVERA HERRERA


LA SECRETARIA

ABOG. LINDA GUILLEN VERGARA