REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 10 de JUNIO de 2015
204º y 156º
Expediente Nro. 12743
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: FRANCISCO JOSE PEREZ D´ SUZE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.149.681
DEMANDADA: MAGGIE JOSEFINA ACOSTA RAMIREZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.677.423.
MOTIVO: REGIMEN DE CONVIVENCIA
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, Miércoles 10/06/2015, presente ciudadanos: FRANCISCO JOSE PEREZ D´ SUZE y MAGGIE JOSEFINA ACOSTA RAMIREZ, quienes manifestaron que en vista de que la madre de la niña cambiara de domicilio junto a su hija para la ciudad de Maracay, en la siguiente dirección MANZANA 14, N° 160-A, Urbanización Mata Redonda, Municipio Girardot, Parroquia Pedro José Ovalles, el día domingo 14 del presente mes y año, establecen de mutuo acuerdo EL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR a favor de su hija la niña SE OMITEN NOMBRES, de cinco (05) años de edad, en los siguientes términos: En las vacaciones escolares el padre buscara a su hija en la dirección antes indicada el día 15 de julio del presente año y la retornara a su hogar el día 30 de julio, los siguientes quince días lo pasara con la madre y así sucesivamente en forma alterna hasta culminar las vacaciones escolares. En la época decembrina la niña compartirá con su madre el 24 de diciembre de este año y el padre la buscara el 26 de diciembre en el hogar de la madre y la retornara el 06 de enero del año 2016 y en forma alterna los sucesivos años. En cuanto a Carnaval y Semana Santa del año 2016, compartirá con su madre el carnaval y Semana Santa con el padre y en los años sucesivos viceversa. El día del padre con el padre y el día de la madre con la madre. Ambos convienen que la niña compartirá con su padre en esta ciudad de Mérida desde el día jueves once de junio hasta el sábado 13 de junio de este año. El Tribunal HOMOLOGA el acuerdo antes indicado y se acuerda el cierre y archivo del expediente antes mencionado. CUMPLASE
LA JUEZ
Abog. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA
Abg. FABIOLA COLMENARES.
Zulay