REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 04 de Junio de 2015
204º y 156º

Expediente Nro. 12547
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: ORLEINS EYELID ZAMBRANO MERCADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.199.069.
DEMANDADO: LUIS ALEJANDRO QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.401.408
MOTIVO: MODIFICACION Y AUMENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy jueves 04/06/2015, presente los ciudadanos ORLEINS EYELID ZAMBRANO MERCADO y LUIS ALEJANDRO QUINTERO, quienes manifestaron haber llegado a un acuerdo en los siguientes términos: El padre ciudadano LUIS ALEJANDRO QUINTERO fija la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 2.500.00) mas la cesta ticket que le corresponda al padre obligado con ocasión de su relación laboral; mas dos bonos especiales uno en el mes de Diciembre por la cantidad de DOCE MIL BOLÍVARES (Bs. 12.000,00) y en el mes de septiembre por la cantidad de SEIS MIL BOLIVARES (6.000,00) con un aumento proporcional del 20% anual para las cantidades antes señaladas, así mismo contribuirá con el 50 % de la medicinas y gastos odontológicos que requiera el adolescente SE OMITEN NOMBRES, dichas cantidades serán depositadas en el Banco Provincial en la cuenta de ahorro N° 01080334910100103148 a nombre de la madre. De igual forma solicitan que se homologue el presente convenimiento, se cierre y archive el presente expediente. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. Es todo, se terminó, leyó y conformes firman.



LA JUEZ

Abg. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA
Abg. FABIOLA COLMENARES
CTD/zgr