REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA.
RECIBIDO HOY, DIECISÉIS (16) DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE (2.015), EN HORAS DE DESPACHO, CONSTANTE DE UN (01) FOLIO UTILIZADO Y SUS ANEXOS EN DIEZ (10) FOLIOS UTILIZADOS.-
SRIA.
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.- Mérida, dieciséis (16) de junio de dos mil quince (2.015).-
205º y 156º
Por recibido fórmese expediente, désele entrada y el curso de ley. Y vista la solicitud presentada por el ciudadano OLIVO SOTO OMAÑA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.027.234, domiciliado en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistido por la ABG. GRACIELA GIL GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.187.493, inscrita en el inpreabogado bajo el número 65.912, domiciliada en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil; para que conforme al artículo 185-A del Código Civil Vigente se le declare el DIVORCIO y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que lo une a su cónyuge. El Tribunal ADMITE la presente solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres y se acuerda emplazar a la ciudadana MARÍA ISABEL RENGEL, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.649.134, domiciliada en esta ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, a los fines de que comparezca por ante este Tribunal en el TERCER DÍA DE DESPACHO siguiente a aquel en que conste en autos su citación a exponer lo que a bien tenga con relación a lo solicitado por su cónyuge y con vista de lo cual se resolverá lo conducente, siempre y cuando conste en autos la notificación del FISCAL DE FAMILIA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, a quien se ordena notificar mediante boleta anexándole copia certificada de la solicitud y del auto de admisión. Líbrese boleta de citación al cónyuge anexándole a la misma copia certificada de la solicitud y del auto de admisión y entréguesele al alguacil de este tribunal a los fines de que practique la notificación y citación ordenada.-
LA ……
JUEZ
ABG. MARÌA ELCIRA MARÌN OSORIO
LA SECRETARIA
ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.
En la misma fecha se formo expediente, se le dio entrada bajo el Nº 7.990 y se libraron recaudos de citación al cónyuge, se libró la correspondiente boleta de notificación al Fiscal de Familia del Ministerio Público del estado Bolivariano de Mérida. Conste,
Sria.