En horas de despacho del día de hoy tres (03) de Junio de dos mil quince, siendo las nueve de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar el Acto de comparecencia el la Ciudadana MARIA ALICIA SANCHEZ URBINA, en su condición Arrendataria del enunciado Documento Privado. Se abrió el Acto previo el pregón de ley dado por el Alguacil a las puertas de Despacho y se hizo presente una persona que juramentada dijo ser y llamarse como ha quedado escrito, quien es Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.762.223 domiciliada en la Avenida Los Chorros de Milla, Sector La Calera, Casa Nº 05, Jurisdicción de La Parroquia Milla del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, asistida en este Acto por el Abogado en ejercicio ORLANDO DE DAVILA RAMIREZ, titular de la Cédula de identidad Nº V- 8.045.533, inscrito en el Inpreabogado bajo Nº 37.142. Impuesta del motivo de su comparecencia y al serle puesto a la vista el DOCUMENTO PRIVADO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, que obra inserto los folios tres y cuatro (03,04) con su vuelto del presente Expediente, y a objeto de que reconozca su Contenido y Firma del Documento de fecha 08 de Junio del Año 2009, El Tribunal le puso a la vista el documento y la Ciudadana MARIA ALICIA SANCHEZ URBINA, anteriormente identificada en su condición de firmante y de Arrendataria del Documento Privado: manifestó: “ Reconozco en todas y cada una de sus partes el contenido del Documento de Contrato de Arrendamiento que me ha sido puesto a la vista y que se me fue leído por la Jueza de este Tribunal, es todo”. Vista la declaración de la Ciudadana MARIA ALICIA SANCHEZ URBINA, este Tribunal declara: RECONOCIDO, dicho Documento. Se encuentra presente el Abogado EDILIO RAMON VALBUENA RAMIREZ, titular de la cédula de Identidad Nº 8.014.737, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 73.309, en su condición de Apoderado Judicial de la Solicitante MARY ZENAIDA GONZALEZ GUILLEN. Quien expuso, presento en este Acto Poder Autenticado ante la Notaría Pública Primera del Estado Bolivariano de Mérida, otorgado por la Ciudadana MARY ZENAIDA GONZALEZ GUILLEN, en fecha 17 de Abril del año 2015, inserto bajo el Nº 41, tomo 43, folios 136 hasta 138 constante de tres (03) folios útiles para ser visto y devuelto y consigno copia simple en este Acto para que sea agregado en el presente expediente, igualmente solicito se me sean entregadas las Resultas de la presente Solicitud. Es todo, no expuso mas, se leyó y conformes firman.
La Jueza,
Abg. MIREYA FLORES FLORES
La Compareciente,
MARIA ALICIA SANCHEZ URBINA
Abogado Asistente de la Compareciente,
ORLANDO DE JESUS DAVILA RAMIREZ
Apoderado Judicial de la Solicitante,
EDILIO RAMON VALBUENA RAMIREZ
La Secretaria,
ABG. THAS FLORES MORENO
MFF/TF/jr
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