TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RANGEL Y CARDENAL QUINTERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mucuchíes, veintidós (22) de junio de dos mil quince (2.015).-
205º y 156º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, interpuesta por los ciudadanos: ANA ELIZABETH CAMACHO, JULIO CESAR MONZAN CAMACHO, RICHARD JOSE CAMACHO, YENNY LAURA MONZON CAMACHO Y NANCY CAROLINA ROJAS CAMACHO venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de Santo Domingo, Municipio Cardenal Quintero del Estado Bolivariano de Mérida, titulares de las cédulas de identidad números V- 12.353.940, V- 14.806.311, V- 15.573.202, V- 14.806.312 y V- 15.921.858 respectivamente, y civilmente hábiles, debidamente asistido por el abogado en ejercicio NOEL RODRIGUEZ YANEZ, titular de la cédula de identidad número V-3.697.210, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 16.980, domiciliado en la ciudad de Mérida Municipio Libertador y de transito por este Municipio y jurídicamente hábil, en virtud del cual solicita a este Tribunal se le declaren como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los solicitantes, ANA ELIZABETH CAMACHO, JULIO CESAR MONZAN CAMACHO, RICHARD JOSE CAMACHO, YENNY LAURA MONZON CAMACHO Y NANCY CAROLINA ROJAS CAMACHO así como a sus hermanos JAIRO NAZARETH ROJAS CAMACHO Y GABRIEL LEONARDO ROJAS CAMACHO hijos de la hoy difunta MARIA ADELINA CAMACHO GONZALEZ, quien falleciera AB-INTESTATO en fecha 18 de Marzo de 2012. Vistos así mismo los recaudos acompañados a dicha solicitud, consistente en: 1º) Copia fotostáticas de las actas de nacimiento de los solicitantes, ANA ELIZABETH CAMACHO, JULIO CESAR MONZAN CAMACHO, RICHARD JOSE CAMACHO, YENNY LAURA MONZON CAMACHO Y NANCY CAROLINA ROJAS CAMACHO así como a sus hermanos JAIRO NAZARETH ROJAS CAMACHO Y GABRIEL LEONARDO ROJAS CAMACHO. 2º) Copia de la cedula de identidad de los solicitante, ANA ELIZABETH CAMACHO, JULIO CESAR MONZAN CAMACHO, RICHARD JOSE CAMACHO, YENNY LAURA MONZON CAMACHO Y NANCY CAROLINA ROJAS CAMACHO así como la de sus hermanos JAIRO NAZARETH ROJAS CAMACHO Y GABRIEL LEONARDO ROJAS CAMACHO. 3º) Acta de Defunción de la ciudadana; MARIA ADELINA CAMACHO GONZALEZ , expedida por el Registro Civil y Electoral, Oficina de Registro Civil de Santo Domingo, Municipio Cardenal Quintero del Estado Mérida, inserta bajo el Nº 03, de fecha 20 de Marzo de 2012.
4º). Copia fotostática del Certificado de Solvencia de Sucesiones Expediente N° 468/2012, de Fecha 20 de Febrero del año 2013 del causante Camacho González María Adelina, expedida por el SENIAT,
5°) Declaración de testigos realizada por ante la Notaria Publica Primera de Mérida Estado Mérida, de fecha Veintinueve de Octubre de Dos Mil Catorce, debidamente ratificadas por ante este Tribunal. De la declaración de los ciudadanos EDGAR BARRUETA titular de la cedula de identidad V- 5.202.680, ZOILÑA ROSA SANCHEZ JEREZ, titular de la cedula de identidad V- 8.008.115, y OMAR QUINTERO GONZALEZ, titular de la cedula de identidad V- 8.039.916 manifestaron que si conocen de vista, trato y comunicación a los ciudadanos ANA ELIZABETH CAMACHO, JULIO CESAR MONZAN CAMACHO, RICHARD JOSE CAMACHO, YENNY LAURA MONZON CAMACHO Y NANCY CAROLINA ROJAS CAMACHO así como a sus hermanos JAIRO NAZARETH ROJAS CAMACHO Y GABRIEL LEONARDO ROJAS CAMACHO, de vista trato y comunicación, que todos ellos son hermanos e hijos de la hoy difunta MARIA ADELINA CAMACHO GONZALEZ, que murió ab-intestato, en la Aldea Limoncito, Parroquia las Piedras Municipio Cardenal Quintero, en fecha 18/03/2012, que son ellos los únicos herederos de la causante ya identificada, que vieron y mantuvieron a su madre hasta la hora de su muerte y que no existen más personas que ellos, como herederos del acervo hereditario de la causante ya nombrada. Este Tribunal al encontrar que la anterior solicitud no ha sido objetada ni ha tenido oposición de ninguna naturaleza, y por cuanto estima suficientes en derecho las actuaciones y recaudos acompañados, así como las declaraciones de los testigos evacuados. Este TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS RANGEL Y CARDENAL QUINTERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTES y BASTANTES las presentes actuaciones para declararla de conformidad con los artículos 936 Y 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del derecho que les asiste a los, ciudadanos ANA ELIZABETH CAMACHO, JULIO CESAR MONZAN CAMACHO, RICHARD JOSE CAMACHO, YENNY LAURA MONZON CAMACHO Y NANCY CAROLINA ROJAS CAMACHO, JAIRO NAZARETH ROJAS CAMACHO Y GABRIEL LEONARDO ROJAS CAMACHO en su carácter de hijos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la extinta; MARIA ADELINA CAMACHO GONZALEZ, dejando a salvo los derechos que pudieran asistirle a terceras personas.
EL JUEZ
ABG. SIXTO RONDON CASTILLO
EL SECRETARIO TEMPORAL.
ABG. BALCLEY DE JESUS PINO RIVAS
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