REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADOBOLIVARIANO DE MERIDA. Mérida, 16 de junio del dos mil quince.
205º y 156º
Visto el escrito de fecha 11 de junio de 2015 suscrito por la abogada en ejercicio MARIA MILENA RIVAS ROJAS, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano CAYETANO LEON TENORIO, parte demandante y el abogado PIERO CONTRERAS MORARLES, apoderado judicial de los ciudadanos LEHAYDEE NATALY ALVARADO DAVILA Y EDUARDO JOSE DAVILA SANCHEZ, en su carácter de parte demandada, el cual obra a los folios 86 al 88 del presente expediente, mediante la cual manifiestan su voluntad para homologar la transacción celebrada entre ellos. El Tribunal HOMOLOGA dicha transacción en los términos por ellas expuestos, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada y de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, se da por terminado el proceso, no se ordena el archivo del expediente hasta tanto no conste de autos el cumplimiento total de la obligación contraída. Y así se decide.
EL JUEZ.
ABG/M.Sc JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO
LA SECRETARIA,
ABG. LII ELENA RUIZ TORRES
En la misma fecha se publicó la anterior decisión interlocutoria, siendo las diez de la mañana, previa las formalidades de Ley. Se expidieron copias certificadas de la decisión para la estadística del Tribunal. Conste hoy 16 de junio de 2015.
LA SRIA
ABG. LII ELENA RUIZ TORRES.
JCG/LERT/Acu.-