REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, martes veinticuatro (24) de marzo de dos mil quince (2015)
204º y 156º
ACTA DE INICIO Y DESISTIMIENTO
DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR

ASUNTO: LP21-L-2013-000024
PARTE ACTORA: DANIEL EDUARDO SUESCUN RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 20.434.816.
ABOGADO ASISTENTE: RAMÓN GREGORIO CARRERO PEÑA.
PARTE DEMANDADA: CORPORACIÓN MERIDEÑA DE TURISMO (CORMETUR).
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JESUS AMERICO AGUILAR MENDEZ.
MOTIVO: REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS.

En el día hábil de hoy, martes veinticuatro (24) de marzo de dos mil quince (2015), siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la parte demandada representada por su apoderado judicial según poder autenticado que se agrega al expediente en este acto en copia certificada, el abogado JESUS AMERICO AGUILAR MENDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 19.592.402, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 174.323, así mismo se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante ni por si ni por medio de apoderado judicial debidamente acreditado para el presente juicio, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez,


Abg. María Carolina Sánchez Quintero. La Secretaria,


Abg. Betty Dávila.


JESUS AMERICO AGUILAR MENDEZ