REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DE
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, treinta y uno (31) de Marzo de 2015
204º y 156 º
Asunto Nro.12685
Visto el anterior CONVENIMIENTO DE HOMOLOGACION INSTITUCIONES FAMILIARES, presentada por la ciudadana NANCY JUDITH QUINTERO CARRERO, Fiscal Encargada Decima Quinta del Ministerio Publico del Estado Mérida para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares. A solicitud de los ciudadanos CARMEN JANETH RODRIGUEZ SALAS Y ERLIS DE JESUS BELANDRIA BELANDRIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-8.086.627 y V-8.711.844, en su orden respectivo, en su condición de padres de los niños SE OMITEN NOMBRES, de diez (10) años de edad y ocho (08) años de edad en su orden respectivo. La admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser el mismo contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley. En ese sentido y habiéndose revisados todos los términos expuestos en dicho convenio, en el cual ambas partes convienen voluntariamente LA CUSTODIA Y EL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR a favor de sus hijos en los siguientes términos: La madre Cede la Custodia de sus hijos a l padre, debido a que actualmente presenta problemas de salud con diagnostico medico, Cáncer de mama, por un lapos de un (01) año a partir del presente convenimiento, y propone compartir con sus hijos los fines de semana alternos, los recogerá en el sector el verde, la Playa, Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida, el Sábado a las 9:00 a.m y lo retornara el domingo al mismo lugar a las 5:00 p.m, a partir del sábado 21-03-2015. En navidad el padre compartirá con sus hijos la semana del 24 de diciembre y con la madre la semana del 31 de diciembre. En carnaval con el padre y semana santa con la madre. En las vacaciones escolares con la madre. El día del padre y de la madre con el progenitor respectivo. El padre manifiesta que está de acuerdo y acepta la responsabilidad de Custodia de sus hijos y velar por su cuidado y protección, y está de acuerdo en restituirle la custodia el 19-03-2016. Ambas partes solicitan se HOMOLOGUE el presente convenimiento, prevaleciendo sus derechos e intereses y en aras de garantizarlos, en consecuencia esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, les imparte su aprobación y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el mencionado acuerdo suscrito, en fecha 19-03-2015, por los ciudadanos: CARMEN JANETH RODRIGUEZ SALAS Y ERLIS DE JESUS BELANDRIA BELANDRIA, ut supra identificados, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZA
ABG. DOANA RIVERA HERRERA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. LINDA GUILLEN VERGARA
Ngr/12685
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