REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, once (11) de marzo de dos mil quince.

204º y 155º
ASUNTO: 11548

Revisado como ha sido el presente expediente y por cuanto se evidencia la mayoría de edad de la ciudadana: FANNY BEATRIZ MATERAN NAVARRO, titular de la cédula de identidad Nº V-25.886.177, según se desprende de la copia cedula de identidad. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en concordancia con el Artículo 18 del Código Civil Venezolano, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, CON SEDE EN MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: el cierre del presente expediente Nº 11548, DEMANDANTE: MATERAN GAVIDIA JESUS RAMON. DEMANDADO NAVARRO FANNY NOEMI MOTIVO: MODIFICACION EJERCICIO DE CUSTODIA PROCEDENCIA: FISCALIA NOVENA, FECHA DE ENTRADA: DIA: 07, MES: OCTUBRE, AÑO: 2.014 y su remisión al Archivo Judicial. CÚMPLASE.
La Jueza Temporal


Abg. Ana Leonor Peña de Gonzalez.

La Secretaria Temporal


Abg. Jhoanny Rojas Marin

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior