REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 16 de marzo de2015

204º y 156º

Revisado como ha sido el presente expediente y vista las actas que integran el presente expediente en el cual se evidencia que el ciudadano HERNAN ALEJANDRO MARQUINA SANCHEZ, es mayor de edad, según se puede evidenciar en el acta de nacimiento Nº 419, expedida por la Primera Autoridad de la Parroquia San Juan Municipio Federal, que corre inserta al folio 15. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el Artículo 18 del Código Civil Venezolano, esta Juzgadora del TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA. El cierre y archivo del presente expediente Nº 0429 DEMANDANTE: MARQUINA SANCHEZ HERNAN; MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRO DE BENEFICIO. Procedencia: PARTICULAR; Fecha de Entrada: 28 de septiembre de 2001. CÚMPLASE.

LA JUEZA TEMPORAL

ABG. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ


LA SECRETARIA TEMPORAL

ABG. JHOANNY ROJAS MARIN

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior,

La Sría.

Fm/0429