REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 30 de Marzo de 2015
201º y 153º
Expediente Nro. 12389
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: COROMOTO BRIRANET GUERRERO GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.523.583.
DEMANDADO: DENNYS ALEXANDER PARRA MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.524.032
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, lunes 30/03/2015, presente los ciudadanos COROMOTO BRIRANET GUERRERO GARCIA y DENNYS ALEXANDER PARRA MARQUEZ, quienes manifestaron querer establecer de mutuo acuerdo LA OBLIGACION DE MANUTENCION a favor de su hijo el niño SE OMITE NOMBRE, de un (01) años, en los siguientes términos: el padre fija la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs.1.500,oo) mensuales. Igualmente fija dos bonos especiales uno para el mes de julio y otro para el mes de diciembre por la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs.3.000,00) para cada uno de los bonos. Dichas cantidades aumentarán anualmente en un 15%. Cantidades estas que serán depositadas en la cuenta del Banco de Bicentenario en la cuenta corriente N° 01750034190072826232 a nombre de la madre. En cuanto a los gastos extraordinarios serán en un 50% para cada uno de los padres. Las partes solicitan que sea homologado el presente acuerdo y el cierre del expediente. El Tribunal HOMOLOGA el acuerdo antes indicado y se acuerda el cierre del expediente antes mencionado. Es todo, se terminó, leyó y conformes firman.
La Jueza Temporal

Abog. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ
La Secretaria
Abg. FABIOLA COLMENARES