REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, diez [10] de marzo de dos mil quince [2015].
204º y 156º
Vista la diligencia de fecha 04 de marzo de 2015 [folio 128], suscrita por la parte actora, ciudadano HUGO JOSÉ CASTELLANOS VERA, asistido por la abogada en ejercicio LILIA COROMOTO ROMERO VALERO, mediante la cual consignó copia certificada de la partida de nacimiento de la entredicha EDITH ANTONIA RIVERO DE CASTELLANOS, cumpliendo de esa forma con la exhortación que le hizo este Tribunal en el auto de fecha 08 de diciembre de 2014 [ver folio 127]; en tal virtud, y a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en la decisión de fecha 30 de septiembre de 2014, proferida por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de interdicción de la ciudadana EDITH ANTONIA RIVERO DE CASTELLANOS, y confirmó la sentencia ---consultada--- dictada por esta instancia judicial en fecha 14 de abril de 2014, este Tribunal acuerda:
PRIMERO: Designar como tutor definitivo de la prenombrada entredicha, al ciudadano HUGO JOSÉ CASTELLANOS VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.477.726, domiciliado en Ejido, Residencias Parque El Salado, Torre I, Apartamento PH3, de esta ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil; a quien se ordena librar Boleta de Notificación, para que comparezca por ante el Despacho de este Tribunal, en el SEGUNDO [2°] DÍA DE DESPACHO, siguiente al que conste en autos su notificación, en cualesquiera de las horas de despacho señaladas en la tablilla del Tribunal, a dar su aceptación o excusa, y en el primero de los casos, preste el juramento de Ley. Ahora bien, como quiera que el tutor definitivo designado, se encuentra domiciliado en la Población de Ejido, este Tribunal comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, a fin de que el Alguacil de aquel Tribunal de Municipios al que corresponda por el sorteo reglamentario, haga efectiva dicha notificación. Líbrese boleta con su respectiva comisión y remítase con oficio.
SEGUNDO: Oficiar a la Oficina de Registro Civil del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, de conformidad con lo previsto en el artículo 152 de la Ley Orgánica del Registro Civil, a los fines de comunicarle la declaratoria de interdicción civil de la ciudadana EDITH ANTONIA RIVERO DE CASTELLANOS; a tal efecto, remítase copia certificada de la sentencia y del auto que la declara firme dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida. Certifíquese por auto separado las copias fotostáticas de la sentencia que obra inserta del folio 111 al 121, y del auto que la declara firme, que obra inserto al folio 124 y vuelto del presente expediente. Ofíciese y anéxesele las referidas copias.
TERCERO: A los fines de publicar y registrar la sentencia confirmatoria, conforme a lo dispuesto en los artículos 414 y 415 del Código Civil, se exhorta a la parte interesada para que sufrague por órgano del Alguacil de este Tribunal los costos correspondientes para la reproducción fotostática de la referida sentencia, que riela del folio 111 al 121 del presente expediente, lo cual hará constar mediante diligencia, y poder, en fin, expedir por Secretaría las copias certificadas y entregárselas a los fines indicados.
Ejecútese dicho fallo y ofíciese a los organismos competentes a los fines legales pertinentes.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MILAGROS FUENMAYOR GALLO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En…
… la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Se comisionó al Juzgado Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, bajo el oficio N° 149-2015; y se ofició a la Oficina de Registro Civil del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, bajo el N° 150-2015. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. SULAY QUINTERO QUINTERO
MFG/SQQ/yp.-
Exp. 10.544.-