REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, diez [10] de marzo de dos mil quince [2015].
204º y 156°
Visto el escrito que antecede de fecha 20 de febrero de 2015 [folio 26], suscrito por el abogado en ejercicio EDUARDO JOSÉ CASTILLO RAMÍREZ, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, mediante el cual manifestó en forma expresa haber consignado los fotostatos del escrito libelar, a los fines de librar boleta de notificación al Ministerio Público, y como quiera que el diligenciante cumplió con lo requerido por auto de fecha 19 de febrero de 2015 [folio 25]; este Tribunal en acatamiento a lo ordenado en el auto de admisión de la demanda, acuerda librar boleta de notificación a la Fiscalía del Ministerio Público de Familia del estado Bolivariano de Mérida---anexándosele copia certificada del libelo de la demanda--- como primer acto del procedimiento y de conformidad con el numeral 1º del artículo 131 del Código de Procedimiento, haciéndole saber de la interposición de la demanda cabeza de autos. Líbrese boleta con copia certificada del escrito libelar y entréguese al Alguacil de este Tribunal para que la haga efectiva. Certifíquese por auto separado la copia del libelo. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MILAGROS FUENMAYOR GALLO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se libró la correspondiente boleta de notificación a la Fiscalía del Ministerio Público de Familia del estado Bolivariano de Mérida, con copia certificada del escrito libelar y se le entregó al Alguacil de este Tribunal para su efectividad. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO