REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, cinco (05) de marzo de dos mil quince (2015).
204º y 156º
Visto que mediante diligencia de fecha 03 de marzo de 2015 (folio 86), el abogado en ejercicio JHONNY JOSÉ FLORES MONSALVE, en su condición de co-apoderado judicial de la parte actora en el presente juicio, expuso “…Firme como ha quedado la decisión dictada en la presente causa pido conforme a lo ordenado en su particular Cuarto, se proceda al nombramiento de un experto a los fines que sean realizados los cálculos respectivos…”, este Tribunal acuerda conforme a lo solicitado y dando cumplimiento a la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 04 de febrero de 2015 (folios del 68 al 79), en su numeral CUARTO, en la cual se ordenó “…Se condena a la parte demandada empresa SISTEMA VENEZOLANO DE COMPRA C.A. (SISVENCO, C.A.), a pagar a la parte actora ciudadano BENJAMIN IZAGUIRRE BORRERO, los intereses de la cantidad establecida en el numeral anterior calculados al tres por ciento (3%) anual, a partir de la fecha en que fueron realizado cada pago: el primero de fecha 18 de diciembre de 2.012, por la cantidad de diecisiete mil quinientos bolívares (Bs. 17.500,00); el segundo de fecha 8 de enero de 2013, según factura N° 010833 y N° de control 00-020333, por la cantidad de siete mil dieciocho con sesenta y siete bolívares (Bs. 17.018,67); el tercero de fecha 05 de febrero de 2013, del recibo de ingreso serie A N° 002719, expedido por SISVENCO C.A., por la cantidad de cuatro mil cuatrocientos sesenta y siete bolívares con tres céntimos (Bs. 4.467,03) y el cuarto de fecha 05 de febrero de 2013 y factura N° 0110063, número de control 020563, por la cantidad de cuarenta y cinco mil quinientos treinta y dos bolívares con noventa y siete céntimos (Bs. 45.532,97) hasta la fecha que la presente sentencia quede definitivamente firme la Sentencia, para lo cual se ordena una experticia complementaria al fallo.”, de conformidad con lo previsto en los artículos 249 y 455 del Código de Procedimiento Civil”, fija el SEGUNDO (2°) DÍA DE DESPACHO siguiente al de hoy a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 am), para que tenga lugar el ACTO DE NOMBRAMIENTO DEL EXPERTO CONTABLE.
LA JUEZA TEMPORAL,
Abg. MILAGROS FUENMAYOR GALLO.
LA …
…SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
MFG/SQQ/pmv.-