REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARRACCIOLO PARRA OLMEDO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL 1° DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI,
ANDRES BELLO, OBISPO JUAN RAMOS DE LORAY CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA EXTENSION EL VIGIA
El Vigía, 13 de mayo de 2015.-
205º y 156º
Visto el escrito de solicitud que antecede presentado por la ciudadana ANA IRIS CONTRERAS DE MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.396.279, comerciante domiciliada en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente, asistida por la abogada Jackeline Ivone Cuellar Lozano, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-14.407.821, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 44.713, de este domicilio. Désele entrada, fórmese expediente y sígase el curso de Ley correspondiente.
Por cuanto de la revisión de las actuaciones que conforman la presente la solicitud, se evidencia que la solicitante ciudadana ANA IRIS CONTRERAS DE MENDEZ, hace mención en su escrito específicamente en el particular Séptimo que compaña a la presente solicitud, copia de la cédula de identidad, copia del plano y aval del consejo comunal motivo por el cual este Juzgado insta a la solicitante de autos a consignar mediante diligencia, en un lapso de ocho (8) días, a partir del día de Despacho siguiente al día de hoy, constancia de Catastro, Solvencia Municipal y cédula catastral del bien inmueble objeto de la presente solicitud, documentos éstos de relevancia para este Despacho, para poder determinar con precisión los linderos y demás características propias del inmueble descrito en autos; y una vez conste en el expediente la documentación requerida se procederá a fijar oportunidad para la comparecencia de los testigos descritos en autos, con la finalidad que rindan sus respectivas declaraciones de acuerdo a los particulares indicados en el escrito de solicitud.
La Juez,
Abg. Carmen Elena Rincón
La Secretaria
Abg. Daireé Marín Rangel.
En la misma fecha se formó expediente de solicitud, se le dio entrada bajo el Nº 1748-15. (Nomenclatura de este Juzgado).
La Secretaria
Abg. Daireé Marín Rangel
CERR/Ma.Eugenia.