REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA. Mérida, 15 de Mayo del dos mil quince.-
205º y 155º

Visa la diligencia de fecha 13 de mayo del 2015, suscrita por el ciudadano MAURO AUGUSTO MOLINA PEÑA, asistido por la abogada IRIS ESPINOZA PINEDA, en su carácter de parte actora, la cual obra al (folio 59), mediante la cual desiste de la acción de amparo. En consecuencia este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA dicho desistimiento de la acción de la presente causa, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, da por terminado el proceso se ordena el archivo del expediente y el desglose de los folios 12 al 57 del presente expediente, una vez quede firme la presente decisión conforme la ley. Y así se decide.
EL JUEZ

ABG/M.Sc JUAN CARLOS GUEVARA L.

LA SECRETARIA

ABG. LII ELENA RUIZ TORRES.

JCGL/LERT/Acu.-