REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, lunes dos (02) de noviembre de dos mil quince (2015)
205º y 156º
ACTA DE DESISTIMIENTO
DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
ASUNTO N° LP21-L-2015-000130
PARTE ACTORA: Ciudadana YESSICA DEL CARMEN ARAQUE UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 20.433.056.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: RONALD EDUARDO CALDERON JEREZ, NELLY J. RAMIREZ C., LUIS ALBERTO CAMINOS ANGULO, NANCY JOSEFINA CALDERON TREJO, ELIAS BENIGNO CHIRINOS QUERALES, MARIA MERCEDES RAMIREZ M. y otros.
PARTES CODEMANDADAS: “FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO CULTURAL DEL ESTADO MÉRIDA” (FUNDECEM), en la persona de su representante ciudadano PAUSIDES REYES, y solidariamente la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, en la persona del ciudadano Gobernador ALEXIS RAMIREZ, en su carácter de Gobernador del Estado Mérida.
ABOGADO APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE CODEMANDADA “FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO CULTURAL DEL ESTADO MÉRIDA” (FUNDECEM): YAROL RAUL OCANDO JASPE, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 84.524.
ABOGADA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE CODEMANDADO GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA: CARMEN MORAYMA GARCIA ZAMBRANO y YOLIMAR C. FLORES, inscritas en el IPSA bajo los Nros. 59.740 y 112.574 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy, lunes dos (02) de noviembre de dos mil quince (2015), siendo las 2:30 p.m., día y la hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ni por si ni por medio de apoderado judicial debidamente acreditado para el presente juicio, y se deja constancia de la comparecencia a esta Audiencia de las partes codemandadas representadas por sus apoderados judiciales los abogados YAROL RAUL OCANDO JASPE, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 84.524, y YOLIMAR C. FLORES, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 112.574, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez,
Abg. María Carolina Sánchez Quintero. La Secretaria,
Abg. Betty Dávila
YAROL RAUL OCANDO JASPE YOLIMAR C. FLORES
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