REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 24 de noviembre de 2015.
205º 156 º
Revisado como ha sido el presente expediente y vista la diligencia inserta al folio 113 suscrita por la abg., NANCY JUDITH QUINTERO CARRERO, en su condición de Fiscal Auxiliar Novena Especial para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares, en la cual solicita el cierre y archivo del presente expediente, por cuanto el ciudadano STEVEN JOSE ANGULO VILLEGAS, ha alcanzado la mayoría de edad. Y visto igualmente el acta de nacimiento N° 262 inserta al folio 04 en la cual se evidencia que el prenombrado ciudadano, actualmente cuenta con la mayoría de edad, en tal sentido conforme al artículo 02 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con lo establecido en el artículo 18 del Código Civil, en consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda cerrar el presente procedimiento de MEDIDA DE PROTECCION, signado con el Nº 03645 SOLICITANTE: ROJAS MARIA DEL CARMEN. NIÑO: ANGULO VILLEGAS STEVEN JOSE, fecha de entrada: 09 de noviembre de 2.001, y remitir el expediente al Archivo Judicial del Estado Mérida para su archivo y custodia. CÚMPLASE.----------------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL
ABOG. ZULMA CARRERO DE ARAQUE
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
ABOG. WENDY SANCHEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en le auto anterior.
LA SRIA.
fm
EXP. 03645
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