REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
205º y 156º


Expediente N° 13438
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: MARBELLA ELENA DÁVILA QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.577.052.
DEMANDADO: GERSON CASIQUE UZCÁTEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.791.306.
MOTIVO: REVISIÓN Y AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

El día de hoy miércoles, 04 de noviembre de 2015, presente la Abg. Nancy Quintero, Fiscal encargada de la Fiscalía Novena del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de esta Circunscripción Judicial, se deja constancia de la incomparecencia de los ciudadanos MARBELLA ELENA DÁVILA QUINTERO Y GERSON CASIQUE UZCÁTEGUI, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-13.577.052 y V-15.791.306, a la audiencia de mediación fijada para el día de hoy. En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara Desistido el presente procedimiento de REVISIÓN Y AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN Y BONOS por disposición expresa del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ



Abg. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA

LA SECRETARIA

ABG. FABIOLA COLMENARES