REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, diecinueve de octubre de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: LP21-L-2015-000300

PARTE ACTORA: KASUS KLEY ARRIETA BOHORQUEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARIA MERCEDES RAMIREZ MENDEZ, RENZO BENAVIDES LIZARAZO, MERCEDES MARGARITA SALGUERO RIVAS, ELIAS BENIGNO CHIRINOS QUERALES, JERYMAR ESTUPIÑAN ANDRADE, YORLEDY JUSLEY ZERPA FERNANDEZ, NANCY JOSEFINA CALDERÓN TREJO, LUIS ALBERTO CAMINOS ANGULO, RONALD EDUARDO CALDERON, CARMEN ROSA CONTRERAS PEÑA, NELLY JOSEFINA RAMIREZ CARRERO
PARTE DEMANDADA: LA DESPENSA EXPRESS C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 19 de Octubre de 2015, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Apertura de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos KASUS KLEY ARRIETA BOHORQUEZ, titular de la cédula de identidad 84.386.890, debidamente representada por el Procurador de Trabajadores RONALD EDUARDO CALDERON, titular de la cédula de identidad 14.204.472, inscrito en el inpreabogado bajo el número 108.464, en su condición de parte actora LA DESPENSA EXPRESS C.A. inscrita en el Registro Mercantil Primero de la circunscripción judicial del Estado Mérida, bajo el número 9, tomo 121-A, de fecha 22 de junio del 2011, debidamente representada por el ciudadano RAFAEL TOMAS PEREZ BRICEÑO, titular de la cedula de identidad 17.455.514, como se evidencia de fotocopia de Registro de Comercio que presenta en este acto para ser consignada en el expediente para que surta sus efectos de Ley, debidamente asistidos por el abogado JESUS GUSTAVO FEBRES, titular de la cédula de identidad 3.033.196, inscrito en el inpreabogado bajo el número 13.657, en su condición de parte demandada, dándose inicio a la audiencia y con la mediación de la Juez Titular de éste Tribunal, manifiestan haber llegado al siguiente acuerdo:
PRIMERO: La parte demandada LA DESPENSA EXPRESS C.A representada por el ciudadano RAFAEL TOMAS PEREZ BRICEÑO, debidamente asistido por la abogado JESUS GUSTAVO FEBRES, conviene con la parte demandante KASUS KLEY ARRIETA BOHORQUEZ, representada por el Procurador de Trabajadores RONALD EDUARDO CALDERON, en la demanda incoada por la antemencionado trabajador y en la prestación de los servicios sobre las cuales versa la misma; sin embargo en esta audiencia ambas partes convienen en que la terminación de la relación laboral se produjo por acuerdo entre ambos.
SEGUNDO: En consecuencia, dada la naturaleza de esta audiencia, ambas partes acuerdan el pago de SESENTA MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs.60.000,00), los cuales entregan al demandante en este mismo acto, en moneda de curso legal.

En este orden de ideas, al resultar positiva la mediación y por cuanto éste acuerdo tiende a garantizar una armoniosa resolución de la controversia a que se contrae el presente asunto, ya que los acuerdos alcanzados no son contrarios a derecho, ni infringen normas de orden público, así como tampoco contienen dimisión alguna de ningún derecho irrenunciable derivado de la relación de trabajo; y por establecer los artículos 89.2 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la utilización de los medios alternos de resolución de conflictos en consonancia con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido este proceso. Se HOMOLOGA el acuerdo aquí celebrado, dándosele efectos de Cosa Juzgada. Se ordenará el cierre y archivo de este expediente una vez que transcurran seis (6) días hábiles desde el día de hoy, sin que el trabajador haya manifestado su oposición a ello.

Publíquese, regístrese y déjese para su archivo copia fotostática certificada de la presente acta de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en consonancia con el artículo 112 eiusdem, debiéndose insertar al pie de la misma, el contenido del presente decreto. Así se decide. Es todo, se leyó y conformes firman.
La Juez Titular


Dra. Minerva Mendoza Paipa



El Trabajador y su representante procesal




La representación legal de la demandada y su abogado asistente




La Secretaria


Abg. Betty Dávila
En la misma fecha, siendo las nueve de la mañana, se publicó y agregó la presente acta a las actuaciones del expediente. De igual manera, se hizo inserción en el Sistema Juris 2000 por parte de la ciudadana Juez Titular, así como su correspondiente publicación en el portal informático http://merida.tsj.gov.ve/. Dejándose la copia ordenada para el copiador correspondiente.

La Secretaria,

Abg. Betty Dávila