REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, veinte (20) de octubre de dos mil quince (2.015)
205º y 156º

ASUNTO: LP21-L-2014-000209

ACTA DE DESISTIMIENTO



PARTE ACTORA:
FLORENCIO ANTONIO ZAMBRANO QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.046.959, de este domicilio.
ABOGADOS APODERADO DE LA PARTE ACTORA:
NANCY CALDERON Y RONALD EDUARDO CALDERON, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.089 y 108.464, en su orden
PARTE DEMANDADA:
CORPORACION MERIDEÑA DE TURISMO (CORMETUR).
APODERADO DE LA DEMANDADA:
JESUS AMERICO AGUILAR MENDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nº 174.323.
MOTIVO:
Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales


En el día hábil de hoy, veinte (20) de octubre de 2.015, siendo las 11.30 am, día fijado para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar, compareció a la misma el apoderado de la parte demandada Abg. JESUS AMERICO AGUILAR MENDEZ, cuyo poder corre al folio 33 al 37, asimismo, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandada FLORENCIO ANTONIO ZAMBRANO QUINTERO, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo terminó se leyó y conformes firman. No se deja copia certificada de la presente actuación en virtud que la Coordinación del Trabajo, no cuenta con material para el servicio de fotocopiadora. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 156 ° y 205º. Es todo terminó se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,


Abg. YAJAIRA ROJAS DE RAMIREZ




ABOGADO APODERADO DE LA DEMANDADA,



LA SECRETARIA,



ABG. BETTY DAVILA