REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 14 de octubre de 2015.


205º y 156º

Revisado como ha sido el presente expediente y vista la diligencia de fecha 07-10-2015, inserta al folio 32 en la presente causa, suscrita por el ciudadano Leonardo Javier Dávila Domínguez, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-15.516.196, parte solicitante en la presente causa, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Moisés Ali León Peña, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el No. 82.411, a través de la cual solicita Aclaratoria de la Sentencia dictada en fecha 22-09-2015. En consecuencia este Tribunal acuerda: Primero: Declara firme la decisión de fecha 22-09-2015. Segundo: Realizar la Aclaratoria de la Sentencia dictada en fecha 22-09-2015. Tercero: Se ordena librar los oficios a los Organismos competentes, con copia certificada de la decisión dictada en fecha 22-09-2015, y Sentencia Aclaratoria la cual forma parte integrante de la decisión antes mencionada. CÚMPLASE.-

LA JUEZA


ABG. DOANA RIVERA HERRERA


LA SECRETARIA TEMPORAL


ABG. WENDY SÁNCHEZ

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

La Secretaria

Ngr/10594