ENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 15 de octubre de 2015
205º y 156º
Expediente Nro. 13204
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: RENY HINALDY MARTINEZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.129.835
DEMANDADA: DIGNA COROMOTO ROMERO MONCADA, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-12.777.315.
MOTIVO: FIJACION DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, jueves 15/10/2015, presente los ciudadanos RENY HINALDY MARTINEZ RIVAS y DIGNA COROMOTO ROMERO MONCADA, llegaron al presente convenimiento de fijación del régimen de convivencia familiar en beneficio de la niña SE OMITEN NOMBRES, de 3 años de edad, en los siguientes términos: el padre podrá buscar a su hija los días viernes cada 15 días, buscándolo en el hogar de la madre a las 4:00pm retornándola el día domingo a las 5:00pm al mismo hogar. Los días de asueto como semana santa y carnaval los compartirán de forma alterna con su hija, comenzando este próximo año el carnaval con el padre. En la época decembrina el padre compartirá con su hija desde el 22 al 27 de diciembre este año 2015 y el próximo año desde y 29 al 03 de enero. Ambos padres se comprometen a mejorar la comunicación y mantenerla de manera cordial. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos RENY HINALDY MARTINEZ RIVAS y DIGNA COROMOTO ROMERO MONCADA, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE.
LA JUEZ

ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. LINDA GUILLEN VERGARA