REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida sede Mérida.
Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación.
Mérida, veintiuno (21) de octubre de Dos Mil quince.

205º y 156º

Asunto Nro. 02518
SOLICITANTE: GABRIELA ANDREINA MARQUEZ FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.619.458.
NIÑO: SE OMITEN NOMBRES, de siete (7) años de edad.
ASUNTO: AUTORIZACION JUDICIAL P ARA TRAMITAR VISA AMERICANA
SENTENCIA: DEFINITIVA

Se inicia el presente asunto por Autorización Judicial para tramitar Visa Americana en virtud de escrito presentado en fecha dieciséis (16) de octubre del dos mil quince (2015), por la ciudadana GABRIELA ANDREINA MARQUEZ FERNANDEZ, actuando en nombre y representación de su hijo el niño SE OMITEN NOMBRES, de siete (7) años de edad, mediante la cual solicita se le conceda autorización judicial para tramitar Visa Americana.
Ahora bien, para decidir esta sentenciadora estima hacer las siguientes consideraciones: La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes establece en la Sección Quinta, artículos 22, 177 Parágrafo Segundo, literales “f” y “g” y 393 en concordancia con el articulo 267 del Código Civil Vigente. Articulo 8 “…El Interés superior de Niños, Niñas y Adolescentes es un principio de interpretación y aplicación de esta ley, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los Niños, Niñas y Adolescentes. Este principio esta dirigido a asegurar el desarrollo integral de los mismos, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías…”
Así las cosas, el caso que nos ocupa se trata de un niño de siete (7) años de edad, cuya representación legal se encuentra establecida respecto de la ciudadana GABRIELA ANDREINA MARQUEZ FERNANDEZ, plenamente identificada en autos y que requiere al órgano jurisdiccional Autorización Judicial para Tramitar la Visa Americana.
En este sentido, una vez analizados los recaudos presentados por la parte solicitante observa esta sentenciadora:
Por consiguiente, cumplidos como han sido los requisitos de Ley exigidos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Concede Autorización Judicial Suficiente a la ciudadana GABRIELA ANDREINA MARQUEZ FERNANDEZ, para que tramite la Visa Americana a su hijo el niño SE OMITEN NOMBRES, de siete (7) años de edad.
Entréguese a la solicitante copia certificada de la presente decisión, a los fines que surta efectos ante las Autoridades Competentes y demás fines legales consiguientes.
Publíquese y Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en Mérida a los veintiún (21) días del mes de octubre del año 2015. Años 205° y 156°.

LA JUEZA,

Dra. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA

LA SECRETARIA,

ABG. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

LA SECRETARIA

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