EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARAINO DE MÉRIDA.
Mérida, veintisiete (27) de octubre de dos mil quince (2015)
205º y 156°
EXPEDIENTE Nº 0338
SOLICITANTES: LUZ MARY MORENO MORENO Y LISBEL MARIA MORENO MORENO venezolanas, mayores de edad, divorciada la primera y soltera la segunda, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.101.512 y V- 9.473.508, respectivamente, domiciliadas en Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, asistidas por el Abogado CARLOS LEONARD LABASTIDAS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº V- 12.347.014, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 112.588, con domicilio procesal en la Parroquia Milla del Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábiles.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS DE NACIMIENTO.
CAPITULO I
PARTE EXPOSITIVA
Visto el escrito que encabeza estas actuaciones, por LUZ MARY MORENO MORENO Y LISBEL MARIA MORENO MORENO venezolanos, mayores de edad, divorciada la primera y soltera la segunda, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.101.512 y V- 9.473.508, respectivamente, domiciliadas en Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, asistidas por el Abogado CARLOS LEONARD LABASTIDAS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº V- 12.347.014, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 112.588, con domicilio procesal en la Parroquia Milla del Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábiles, en el cual promueve la Rectificación de las Partidas de Nacimiento las siguientes: Partida N° 12, asentada ante el Registro Civil Tabay, Municipio Santos Marquina del estado Bolivariano de Mérida, correspondiente al año 1969, perteneciente a la ciudadana LUZ MARY MORENO MORENO, presenta error en el segundo nombre y omisión del apellido de su cónyuge, de su progenitora asentado como “MARIA ISIDRA MORENO”, siendo lo correcto MARIA YSIDRA MORENO DE MORENO; Partida N° 109, asentada ante el Registro Civil Tabay, Municipio Santos Marquina del estado Bolivariano de Mérida, correspondiente al año 1967, perteneciente a la ciudadana LISBEL MARIA MORENO MORENO, presenta error en el segundo nombre y omisión del apellido de su cónyuge, de su progenitora asentado como “MARIA ISIDRA MORENO”, siendo lo correcto MARIA YSIDRA MORENO DE MORENO; Fundamenta la presente acción en el Artículo 769 Y 774 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 502 del Código Civil y 149 de la Ley Orgánica del Registro Civil.
CAPITULO II
PARTE MOTIVA
El Tribunal pasa a analizar los recaudos y elementos probatorios existentes en autos, a fin de determinar si se incurrió en el error señalado al levantar las Partidas de Nacimiento de los ciudadanos: LUZ MARY MORENO MORENO Y LISBEL MARIA MOREO MORENO.
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Al efecto observa esta Juzgadora que obran en autos los siguientes documentos:
A) Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana LUZ MARY MORENO MORENO, asentada ante el Registro Civil Tabay, Municipio Santos Marquina del estado Bolivariano de Mérida, correspondiente al año 1969 (Folios 03 y su vuelto).
B) Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana LISBEL MARIA MORENO MORENO, asentada ante el Registro Civil Tabay, Municipio Santos Marquina del estado Bolivariano de Mérida, correspondiente al año 1969 (Folio 05 y su vuelto).
C) Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana EFRAIN DE JESUS MORENO LACRUZ, asentada ante la antigua Prefectura Civil del Municipio Autónomo Capitán Santos Marquina del estado Mérida, hoy Registro Civil Tabay, Municipio Santos Marquina del estado Bolivariano de Mérida, correspondiente al año 1924 (Folio 07).
D) Copia Certificada del Acta de Defunción del ciudadano EFRAIN DE JESUS MORENO LACRUZ, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Milla, Municipio Libertador estado Mérida, en fecha 26 de mayo de 2015 (Folio 08 y su vuelto).
E) Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana MARIA YSIDRA MORENO, asentada ante el Registro Civil Tabay, Municipio Santos Marquina del estado Bolivariano de Mérida, correspondiente al año 1941 (Folio 10 y su vuelto).
F) Copia Certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos EFRAIN DE JESUS MORENO LACRUZ y MARIA YSIDRA MORENO, emitida por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en fecha 08 de junio de 2015 (Folio 14).
G) Copias simples de las cédulas de identidad de los ciudadanos LUZ MARY MORENO MORENO, LISBEL MARIA MORENO MORENO, EFRAIN DE JESUS MORENO LACRUZ, MARIA ISIDRA MORENO DE MORENO y del Abogado CARLOS LEONARD LABASTIDAS HERNANDEZ (Folios 02,04,06,09 y 15).
En base a lo anteriormente analizado el Tribunal pasa a decidir conforme a la Ley, que de los recaudos documentales acompañados a la solicitud de Rectificación de las Partidas de Nacimiento se derivan suficientes elementos probatorios para dar por demostrado el error señalado en las Partidas de Nacimiento de las ciudadanas: LUZ MARY MORENO MORENO y LISBEL MARIA MORENO MORENO. Del análisis anterior se desprende que han quedado probados suficientemente los hechos narrados en el libelo, en cuanto al error del nombre de la madre de las ciudadanas LUZ MARY MORENO MORENO y LISBEL MARIA MORENO MORENO, en el que les asentaron: Partida N° 12, asentada ante el Registro Civil Tabay, Municipio Santos Marquina del estado Bolivariano de Mérida, correspondiente al año 1969, perteneciente a la ciudadana LUZ MARY MORENO MORENO, presenta error en el segundo nombre y omisión del apellido de su cónyuge, de su progenitora asentado como “MARIA ISIDRA MORENO”, siendo lo correcto MARIA YSIDRA MORENO DE MORENO; Partida N° 109, asentada ante el Registro Civil Tabay, Municipio Santos Marquina del estado Bolivariano de Mérida, correspondiente al año 1967, perteneciente a la ciudadana LISBEL MARIA MORENO MORENO, presenta error en el segundo nombre y omisión del apellido de su cónyuge, de su progenitora asentado como “MARIA ISIDRA MORENO”, siendo lo correcto MARIA YSIDRA MORENO DE MORENO; Y revisada como fue las partidas de Nacimiento de las ciudadanas LUZ MARY MORENO MORENO y LISBEL MARIA MORENO MORENO, se evidencia fehacientemente el nombre verdadero completo y correcto de dicha ciudadana, quien es la progenitora de las ciudadanas anteriormente señaladas, realiza la presente solicitud y al no haber objeción alguna razón por la cual la solicitud de Rectificación de las Partidas de Nacimiento a que se contrae este expediente debe ser declarada con lugar y ASI SE DECIDE.
CAPITULO III
PARTE DISPOSITIVA
En orden a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de la RECTIFICACION DE LAS PARTIDAS DE NACIMIENTO, Intentada por las ciudadanas LUZ MARY MORENO MORENO Y LISBEL MARIA MORENO MORENO venezolanas, mayores de edad, divorciada la primera y soltera la segunda, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.101.512 y V- 9.473.508, respectivamente, domiciliadas en Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, asistidas por el Abogado CARLOS LEONARD LABASTIDAS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº V- 12.347.014, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 112.588, con domicilio procesal en la Parroquia Milla del Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábiles. SEGUNDO: En la Partida N° 12, asentada ante el Registro Civil Tabay, Municipio Santos Marquina del estado Bolivariano de Mérida, correspondiente al año 1969, perteneciente a la ciudadana LUZ MARY MORENO MORENO, en el entendido de que tanto en el Libro de Nacimiento llevados en dicho Registro Civil, como en el duplicado que reposa en el Registro Principal del estado Bolivariano de Mérida, aparezca en lo sucesivo en dicha acta, el nombre completo y correcto de la progenitora como MARIA YSIDRA MORENO DE MORENO y no como aparece “MARIA ISIDRA MORENO”, quedando así rectificada dicha partida de nacimiento; En la Partida N° 109, asentada ante el Registro Civil Tabay, Municipio Santos Marquina del estado Bolivariano de Mérida, correspondiente al año 1967, perteneciente a la ciudadana LISBEL MARIA MORENO MORENO, en el entendido de que tanto en el Libro de Nacimiento llevados en dicho Registro Civil, como en el duplicado que reposa en el Registro Principal del estado Bolivariano de Mérida, aparezca en lo sucesivo en dicha acta, el nombre completo y correcto de la progenitora como MARIA YSIDRA MORENO DE MORENO y no como aparece “MARIA ISIDRA MORENO”, quedando así rectificada dicha partidas de nacimiento; Se ordena remitir Copias Certificadas de la presente decisión al REGISTRO CIVIL DE TABAY, MUNICIPIO SANTOS MARQUINA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA y al REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, a los fines que estampen las notas marginales correspondientes, una vez quede firme la presente decisión. Se le hace saber a las partes solicitantes que tienen a su disposición el lapso señalado en el único aparte del artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, a los fines que haga uso de las facultades establecidas en este dispositivo legal. CÓPIESE, PUBLÍQUESE Y EXPÍDANSE COPIAS CERTIFICADAS PARA LA ESTADÍSTICA. DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFERENDADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, a los veintisiete días del mes de octubre de dos mil quince, Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
LA JUEZA,
ABG. MIREYA FLORES FLORES.
LA SECRETARIA,
ABG. THAIS FLORES MORENO.
En la misma fecha se copió y publicó, siendo las 9:00 de la mañana. Quedando su asiento en el libro diario.-
SRIA
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