REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, con sede en esta ciudad. Tovar, trece (13) de octubre de dos mil quince (2015).
205° y 156°
Revisado como ha sido el presente expediente y visto el contenido de la diligencia, que obra agregada al folio 67, suscrita por la ciudadana MIRIAN JACKELIN ACEVEDO LIZCANO, venezolana, mayor de edad, titular de identidad Nº 17.876.924, domiciliada en el Municipio Rivas Dávila, del Estado Bolivariano de Mérida, asistida por el abogado HILDEMARO MEDINA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el Nº 174.357, domiciliado en el Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida, en la cual la parte actora DESISTE de la presente acción declarando que nada queda a reclamar al demandado ciudadano José Alejandro Sánchez Rosales, identificado en autos, por los conceptos señalados en el libelo de la demanda en virtud de que los mismos no son ciertos. En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON SEDE EN ESTA CIUDAD DE TOVAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO efectuado por la parte actora y DA POR TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, en razón de que no es contraria a derecho y verse sobre derechos disponibles, todo de conformidad con los Artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil una vez quede definitivamente firme la presente decisión archívese el expediente. Cúmplase.-
La Jueza Prov.,
Abg. CARMEN YAQYELIN QUINTERO CARRERO.
La Secretaria Acc.,
Daisy Zerpa Molina