REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
204º y 156º
Mérida, 21 de septiembre de 2015
Expediente Nro. 02430
IDENTIFICACIÓN DE LA PARTE
SOLICITANTE: MIRIAM LIBER SANCHEZ MACHADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.317.743.
MOTIVO: CURADOR AD- HOC
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, LUNES 21 de septiembre de 2015, se dejó constancia de la incomparecencia a la audiencia fijada de la ciudadana MIRIAM LIBER SANCHEZ MACHADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.317.743, quien no compareció ni por si, ni por medio de apoderado judicial. En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA el DESISTIMIENTO del presente procedimiento y terminado el proceso de conformidad a lo establecido en el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente. En consecuencia, se ordena el cierre y la remisión del presente asunto al archivo judicial. CUMPLASE.
LA JUEZ
ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
SECRETARIA TEMPORAL
ABG. LINDA GUILLEN VERGARA
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